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 Fin del periodo informativo de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos

 
 
Por Letícia Castellsaguer

Con motivo del final del periodo informativo de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos, y coincidiendo con el inicio de la vigencia del artículo 14 de esta ordenanza, que recoge las modificaciones de la normativa para ciclistas, se refuerza la señalización específica para peatones y ciclistas.
 
Imagen de bicicletas


Entre las medidas que se han establecido en la nueva ordenanza se menciona que las bicicletas tienen que circular pora los carriles bici, y de forma preferente por el resto de carriles bici, calzadas de las zonas 30 y vías señalizadas de  específicamente.

Cuando estos carriles no estén, los ciclistas podrán circular por la calzada, y, en caso de que no haya ningún carril bici ni ninguna otra vía señalizada para bicicletas, estas podrán circular por las aceras.

En este último caso, la ordenanza regula que los ciclistas no pueden superar los 10 kilómetros por hora y deben dar prioridad en todo momento a los peatones dejando una distancia de un metro.

En caso de aglomeración de peatones en la vía pública, los ciclistas se tendrán que abstener de circular por las aceras. Al mismo tiempo, el texto determina que los peatones no pueden permanecer en los carriles bici ni tampoco caminar por ellos.

Con respecto a la circulación de bicicletas por la calzada, los vehículos a motor, como los coches, tienen que dejar 1,5 metros de espacio lateral con los ciclistas y una distancia de seguridad de 3 metros, en caso de circular detrás de una bicicleta.

En relación con el estacionamiento de bicicletas, tienen que estacionarse preferentemente en los lugares habilitados, y dejar un espacio libre para los peatones de tres metros.

Véase la Ordenanza de circulación de peatones y
 
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